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Ratifícan el Decreto N° 996 de fecha 17 de agosto de 2016 Artículo 4 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ratifícan el Decreto N° 996 de fecha 17 de agosto de 2016 Mendoza
Artículo 4. ANEXO II

DECRETO N° 1.161 Mendoza, 7 de setiembre de 2016 Visto los Decretos Nros. 995 y 996 ambos de fecha 17 de agosto de 2016; y CONSIDERANDO:

Que mediante Decretos Nros. 995/16 y 996/16, se ratificaron las Actas Acuerdos y sus Anexos suscriptos en fecha 29 de julio de 2016, entre el Estado Nacional representado por el Director Ejecutivo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), Licenciado Emilio Basavilbaso por una parte y por la otra la Provincia de Mendoza representada por el señor Gobernador Licenciado Alfredo Cornejo.

Que debido a un error involuntario se invirtieron el Acta Acuerdo y sus Anexos ratificada por Decreto N° 995/16 y Acta Acuerdo y su Anexo I ratificada por Decreto N° 996/16, resultando necesario rectificar los mismos.

Que se trata de un error que no reviste el carácter de grave, quedando contemplada su enmienda en los Artículos 77, inciso c) y 78 de la Ley N° 3909.

Por ello, LA VIGOBERNADORA DE LA PROVINCIA EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO DECRETA:

Artículo 1° - Rectifíquense los Decretos Nros. 995 y 996 ambos de fecha 17 de agosto de 2016, en lo que respecta a sus Anexos correspondiendo Planilla Anexa I al Decreto N° 995/16 y Planilla Anexa II al Decreto N° 996/16, las que en fotocopia certificada forman parte de la presente norma legal.

Artículo 2° - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

LAURA MONTERO - Pedro Martín Kerchner



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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