Proyecto integral de vivienda Artículo 22 Provincia de San Luis
Proyecto integral de vivienda San Luis
Artículo 22. DEVOLUCIÓN AL ESTADO
En aquellos casos que el progreso económico del adjudicatario y/o su grupo familiar determinara la falta de necesidad de habitar una vivienda social, deberá aquél comunicar dicha situación y devolver la posesión de la misma al Estado Provincial, quien deberá reglamentar dicho procedimiento
Provincia de San Luis Artículo 22 Proyecto integral de vivienda LEY N° I - 0100970, 2 de Junio de 2017
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?
Buenas tardes, puedo aplicar el inc. h) a costas por su orden?
Buenos días, ya estan incorporadas las modificaciones de la Ley sancionada el 27/2/26 ?
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Leer de nuevo
Código Procesal Civil y Comercial Jujuy Artículo 52. DOMICILIO LEGAL Código Procesal Civil y Comercial La Rioja Artículo 99. Demanda por escrituración Código Procesal Civil y Comercial San Luis Artículo 412. FORMA DE LAS CONTESTACIONES Código Procesal Civil y Comercial San Luis Artículo 313. IMPROCEDENCIA Código Procesal Civil y Comercial San Luis Artículo 243. FORMAS Y EFECTOSRecomendados
Proyecto integral de vivienda San Luis Artículo 20. OTORGAMIENTO DE LA ESCRITURA TRASLATIVA DE DOMINIO Proyecto integral de vivienda San Luis Artículo 38. Ley Orgánica del Poder Judicial Tucumán Artículo 12. División en Salas Carta Orgánica del Municipio La Merced Salta Artículo 99. Código Procesal Civil y Comercial Córdoba Artículo 366. Plazo. FormaPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios