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Promoción de la Alimentación Saludable Artículo 14 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Promoción de la Alimentación Saludable Nacional
Artículo 14. Facultades

Son facultades de la autoridad de aplicación:.

a) Difundir, a través de los diferentes medios gráficos, vía pública e internet, información acerca de: la importancia que tiene la ingesta de alimentos saludables para la salud de la población; los alimentos cuya ingesta es recomendada por las Guías Alimentarias para la Población Argentina; los alimentos cuya ingesta en forma habitual, es considerada dañina para el organismo humano por la Organización Mundial de la Salud; las consecuencias dañosas que puede causar la ingesta en forma habitual de alimentos nocivos para la salud; los resultados de los avances y descubrimientos relevantes que, en orden a la alimentación y su injerencia en la salud de la población, se vayan produciendo y publicando por la Organización Mundial de la Salud;

b) Implementar acciones en coordinación con las áreas competentes para la promoción del consumo de alimentos no procesados, naturales y saludables, producidos por nuestras economías regionales y agriculturas familiares;

c) Fiscalizar el cumplimiento de la presente ley y sus reglamentaciones;

d) Cualquier otra función que sea necesaria para la implementación de esta ley.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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