Ley de Mediación y Conciliación (Ley de Mediación y Conciliación) Nacional
Ley de Mediación y Conciliación Nacional
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Requisito de admisión de la demanda
- Artículo 3. Contenido del acta de mediación
- Artículo 4. Controversias comprendidas dentro del procedimiento de mediación prejudicial obligatoria
- Artículo 5. Controversias excluidas del procedimiento de mediación prejudicial obligatoria
- Artículo 6. Aplicación optativa del procedimiento de mediación prejudicial obligatoria
- Artículo 7. Principios que rigen el procedimiento de mediación prejudicial obligatoria
- Artículo 8. Alcances de la confidencialidad
- Artículo 9. Cese de la confidencialidad
- Artículo 10. Actuación del mediador con profesionales asistentes
- Artículo 11. Requisitos para ser mediador
- Artículo 12. Requisitos para ser profesional asistente
- Artículo 13. Causas de excusación de los mediadores
- Artículo 14. Causas de recusación de los mediadores
- Artículo 15. Prohibición para el mediador
- Artículo 16. Designación del mediador
- Artículo 17. Suspensión de términos
- Artículo 18. Prescripción y caducidad
- Artículo 19. Comparecencia personal y representación
- Artículo 20. Plazo para realizar la mediación
- Artículo 21. Contacto de las partes con el mediador antes de la fecha de audiencia
- Artículo 22. Citación de terceros
- Artículo 23. Audiencias de mediación
- Artículo 24. Notificación de la audiencia
- Artículo 25. Incomparecencia de las partes
- Artículo 26. Conclusión con acuerdo
- Artículo 27. Conclusión sin acuerdo
- Artículo 28. Conclusión de la mediación por incomparecencia de las partes
- Artículo 29. Todos los procedimientos mediatorios, al concluir, deberán ser informados al...
- Artículo 30. Ejecutoriedad del acuerdo instrumentado en el acta de mediación
- Artículo 31. Mediación familiar
- Artículo 32. Conclusión de la mediación familiar
- Artículo 33. Mediadores de familia
- Artículo 34. Profesionales asistentes
- Artículo 35. Honorarios del mediador y de los profesionales asistentes
- Artículo 36. Falta de recursos de las partes
- Artículo 37. Honorarios de los letrados de las partes
- Artículo 38. Entidades formadoras
- Artículo 39. Requisitos de las entidades formadoras
- Artículo 40. Registro Nacional de Mediación
- Artículo 41. Inhabilidades e incompatibilidades
- Artículo 42. Matrícula
- Artículo 43. Quedará en suspenso la aplicación del presente régimen a los juzgados...
- Artículo 44. Procedimiento disciplinario de los mediadores
- Artículo 45. Prevenciones y sanciones
- Artículo 46. Sentencia penal
- Artículo 47. Prescripción de las acciones disciplinarias
- Artículo 48. Fondo de financiamiento
- Artículo 49. Integración del fondo de financiamiento
- Artículo 50. Administración del fondo de financiamiento
- Artículo 51. Caducidad de la instancia de mediación
- Artículo 52. Sustitúyese el artículo 34 del Código Procesal Civil y Comercial de la...
- Artículo 53. Sustitúyese el artículo 77 del Código Procesal Civil y Comercial de la...
- Artículo 54. Sustitúyese el artículo 207 del Código Procesal Civil y Comercial de la...
- Artículo 55. Sustitúyese el artículo 360 del Código Procesal Civil y Comercial de la...
- Artículo 56. Sustitúyese el artículo 500 del Código Procesal Civil y Comercial de la...
- Artículo 57. Sustitúyese el artículo 644 del Código Procesal Civil y Comercial de la...
- Artículo 58. Hasta el cumplimiento del término establecido en el artículo 63 de la...
- Artículo 59. Dentro de los noventa (90) días de publicada la presente en el Boletín...
- Artículo 60. Toda documentación relativa a mediadores o entidades formadoras que hubiesen...
- Artículo 61. Los recursos remanentes del fondo de financiamiento creado por Ley 24.573...
- Artículo 62. Derogaciones
- Artículo 63. Vigencia
- Artículo 64. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
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ponga su auto a nombre de otra persona. Que la financiera inicie juicio y alli ud aregla por un porcentaje de jubilacion un plan de pago a una tasa razonable
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Buenas tardes tengo deudas que superan los 22 millones de pesos actualmente gano un salario basico y las deudas tiene 743 dias 2 años se me notifico de un embargo pero no tengo bienes solo un salario basico a cuanto tiempo prescriben estas deudas sabiendoque son creditos de bancos y tarjetas de credito gracias.
Buenas tardes!!! Solicito información sobre recupero de la licencia anual 309 A por encontrarme en uso licencia 309 B2. Cuándo se realiza la solicitud de recupero? Gracias.
Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este código.
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