Imprimir

Programa provincial de Salud Reproductiva y Procreacion Responsable Artículo 12 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Programa provincial de Salud Reproductiva y Procreacion Responsable Buenos Aires
Artículo 12.

La actuación de las Consejerías se rige por los siguientes principios bioéticos:

a) Respetar el derecho de la mujer a decidir por sí misma sobre las cuestiones que afectan a su propio cuerpo, a su salud y a su vida;

b) Actuar con imparcialidad evitando que aspectos sociales, culturales, religiosos, morales u otro, interfieran en la relación con la mujer;

c) Actuar en beneficio de la salud de la mujer, respetando el principio de autonomía;

d) Causar el menor perjuicio a la salud de la mujer, reduciendo los efectos adversos o indeseables de sus acciones;

e) Actuar ante un problema en el cual la suspensión o incertidumbre de la respuesta pueda ocasionar riesgos o daños a la salud de la mujer;

f) Mantener la privacidad del ámbito de atención-cuidado, y de la información que se produce en la consulta y la historia clínica;

g) Integrar los aspectos relacionados con la educación, información, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación a las prácticas de salud;

h) Garantizar prácticas y procedimientos seguros, validados científicamente, con profesionales idóneos para la tarea específica.



Provincia de Buenos Aires Artículo 12 Programa provincial de Salud Reproductiva y Procreacion Responsable
Artículo 1 ...10 11 12 13 14 ...19

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse