Programa Primer Paso Artículo 12 Provincia de Córdoba
Programa Primer Paso Córdoba
Artículo 12. Procesos de capacitación y entrenamiento
Horarios y jornadas. Los procesos y acciones de capacitación y entrenamiento en ambientes de trabajo tendrán una duración máxima de veinte (20) horas semanales, sin exceder en ningún caso las ocho (8) horas diarias por cada beneficiario y en el transcurso de doce (12) meses. La citada carga horaria se desarrollará preferentemente de lunes a viernes y en jornada diurna, con excepción de aquellas actividades que sólo puedan cumplirse en días inhábiles y en jornada nocturna, en tanto no involucre a menores de edad.
En ningún caso se desarrollarán tareas calificadas como penosas, riesgosas o insalubres.
Provincia de Córdoba Artículo 12 Programa Primer Paso
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
Leer de nuevo
Constitución Jujuy Artículo 73. DEMOCRATIZACIÓN DE LA TECNOLOGÍA Y LA INNOVACIÓN Constitución Jujuy Artículo 168. AUTONOMÍA FINANCIERA Constitución Jujuy Artículo 198. INTEGRACIÓN Caja de prevision social para agrimensores Buenos Aires Artículo 35. Aplicación de los Recursos Constitución Jujuy Artículo 142. PROMULGACIÓNRecomendados
Colegio de Psicólogas y Psicólogos Salta Artículo 51. Código Procesal Penal Córdoba Artículo 355. Contenido de la Acusación Establecen la obligatoriedad de implementar un régimen de virtualidad semipresencial para carreras de educación superior Chubut Artículo 3. Ratifica Resoluciones del Instituto Universitario Patagónico de las Artes Río Negro Artículo 1. Ley Impositiva año 2017 Río Negro Artículo 48.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios