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Principios generales y fines de la educación Artículo 97 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Principios generales y fines de la educación Córdoba
Artículo 97. Funciones

El Consejo Provincial de Educación Técnica y Trabajo tiene carácter consultivo, asesorando y colaborando en lo que se refiere a:

a)Establecer mecanismos de consulta y colaboración con los sectores sociales -empresarios, de los trabajadores y de las asociaciones intermedias- a fin de receptar los aportes al diseño y ejecución de las políticas de fortalecimiento y sustentabilidad de la educación técnico profesional en la Provincia;

b)Proponer y/o elaborar para su aprobación los trayectos y programas de formación técnico-profesional, teniendo en cuenta las demandas regionales;

c)Promover la terminalidad educativa de la población joven y adulta, así como su incorporación en procesos de educación continua;

d)Promover la formación y actualización docente en su relación con la modernidad del mundo productivo;

e)Promover la vinculación de la Provincia y su reconocimiento ante organismos provinciales, nacionales e internacionales, y f)Asesorar respecto de las tendencias del desarrollo regional, de las nuevas tecnologías incorporadas a la producción y el trabajo y de las necesidades de capacitación de los distintos sectores, promoviendo la articulación entre las ofertas de los distintos Ministerios.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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