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Principios generales y fines de la educación Artículo 95 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Principios generales y fines de la educación Córdoba
Artículo 95. Convocatoria

El Consejo Provincial de Políticas Educativas debe ser convocado en forma ordinaria por lo menos cuatro (4) veces en el año, preferentemente en los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre, previo acuerdo con la coordinación respecto de la fecha y el temario. Sin perjuicio de ello, el Ministro de Educación de la Provincia de Córdoba puede convocarlo en forma extraordinaria cuando lo estime conveniente o a solicitud del propio Consejo para el tratamiento de temas extraordinarios y de carácter urgente. Asimismo, puede disponer la formación de comisiones especiales. En tal caso, se debe determinar su duración, la finalidad a cumplir y los plazos para elevar sus despachos al Consejo.

El Consejo Provincial de Políticas Educativas procurará producir los informes y propuestas por consenso.

Cuando esto no se logre, se deben consignar todas las opiniones disidentes, con los fundamentos que las avalen.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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