Prevencion y sancion de la trata de personas y asistencia a sus victimas Nacional
Prevencion y sancion de la trata de personas y asistencia a sus victimas Nacional
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Trata de mayores de DIECIOCHO (18) años
- Artículo 3. Trata de menores de DIECIOCHO (18) años
- Artículo 4. Explotación
- Artículo 5. No punibilidad
- Artículo 6. Derechos
- Artículo 7. Alojamiento de las víctimas
- Artículo 8. Derecho a la privacidad y reserva de identidad
- Artículo 9. Representantes diplomáticos y consulares
- Artículo 10. Incorpórase como artículo 145 bis del Código Penal, el siguiente:...
- Artículo 11. Incorpórase como artículo 145 ter del Código Penal, el siguiente: ...
- Artículo 12. Sustitúyese el artículo 41 ter del Código Penal, por el...
- Artículo 13. Sustitúyese el inciso e) del apartado 1) del artículo 33 del Código Procesal...
- Artículo 14. Serán aplicables las disposiciones de los artículos 132 bis, 250 bis y 250...
- Artículo 15. Sustitúyese el artículo 119 de la Ley Nº 25.871, por el siguiente:...
- Artículo 16. Sustitúyese el artículo 121 de la Ley Nº 25.871, por el siguiente:...
- Artículo 17. Deróganse los artículos 127 bis y 127 ter del Código Penal.
- Artículo 18. Presupuesto
- Artículo 19. Reglamentación
- Artículo 20. El Consejo Federal para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y...
- Artículo 21. Créase el Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata y Explotación de...
- Artículo 22. El Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas...
- Artículo 23. Créase en el ámbito del Ministerio Público Fiscal el Sistema Sincronizado de...
- Artículo 24. A fin de implementar el Sistema mencionado en el artículo anterior,...
- Artículo 25. El Ministerio Público Fiscal conservará un archivo con los registros de las...
- Artículo 26. Las denuncias podrán ser anónimas. En caso de que el denunciante se...
- Artículo 27. El Presupuesto General de la Nación incluirá anualmente las partidas...
- Artículo 28. En los casos de trata y explotación de personas, la sentencia condenatoria o...
Otras regulaciones
Transferencia a título gratuito a la Universidad Nacional de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur de un Terreno destinado a la construcción de la sede Ushuaia de dicha Universidad Establécese la obligatoriedad de insertar en la papelería institucional de uso oficial, la leyenda gral Aprobación del Convenio entre la República Argentina y la República de Colombia Designación con el nombre de Carlos Alberto Davit al puente ubicado en la ciudad de Bahía Blanca Aprobación del Acuerdo con el Gobierno de la República de Croacia sobre Cooperación EconómicaMejores juristas





Según esta ley no menciona nada con respecto tarjeta verde o azul, solo dice identificación del vehículo. Eso deja una ventana al curro y a interpretación.
Obvio ´perro
Si yo uso un clip de una persona que apareció en YouTube o en los medios de comunicación para citar lo que dice, ¿puede reclamarme por utilizar su imagen si bien su imagen ya la dispuso públicamente?
La cedula verde autoriza al dueño a circular por la vía publica y la cedula azul autoriza al tercero autorizado que no es dueño circular por la vía publica, ambas cedulas le permiten circular dentro el territorio nacional y por paises limítrofes, obviamente con todos los demás requisitos como: registro de conducir, seguro, VTV, matafuegos.
Dirección: https://www.instagram.com/diaz_sahonero_asoc/
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.facebook.com/estudio-jur%c3%addico-diaz-sahonero-y-asoc-458484991253517/
WhatsApp: 1149913881
facebook.com/people/estudio-jur%c3%addico-diaz-sahonero-y-asoc/10005425715039
La cedula verde autoriza al dueño a circular por la via publica y la cedula azul autoriza al tercero autorizado que no es dueño circular por la via publica, ambas cedulas le permiten circular dentro el territorio nacional y por paises limitrofes, obviamente con todos los demas requisitos como: registro de conducir,seguro,vtv, matafuegos.
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