Presupuesto Provincial para el año 2023 Artículo 9 Provincia de Mendoza
Presupuesto Provincial para el año 2023 Mendoza
Artículo 9. Modificaciones Presupuestarias entre Jurisdicciones
Se podrán efectuar transferencias de crédito de una Jurisdicción a otra, incluyendo los Organismos de Administración Central, Descentralizados y Cuentas Especiales en los siguientes casos:
a) Cuando sea necesario que una Unidad Organizativa refuerce las partidas Presupuestarias de otra, que le presta servicios o administra la contratación de los mismos, o cuya ejecución se resuelva a través de un organismo único, regulador, coordinador o asesor, a efectos que pueda asumir los costos que ellos signifiquen. b) Cuando alguna Unidad Organizativa, por disposición legal o por reestructuraciones que realice el Poder Ejecutivo, cambie de Jurisdicción o se suprima total o parcialmente. c) En los casos previstos en los artículos 22 (Modificaciones de la planta de personal y Transferencias de personal por reestructuraciones) de la presente Ley, 47 (Movilidad del Personal) de la Ley 9122 y sus modificatorias o por ajuste del crédito de la partida personal por transformaciones de la planta operadas con posterioridad a la fecha de corte adoptada para la elaboración del presupuesto 2023 y hasta la fecha de promulgación de la presente Ley; como así también para los casos de adscripciones de personal a otras jurisdicciones. d) Cuando el Poder Ejecutivo Provincial disponga reestructuraciones presupuestarias que considere necesarias dentro del total aprobado por la presente Ley. El Ministro de Hacienda y Finanzas podrá disponer las modificaciones presupuestarias entre cualquiera de las Jurisdicciones del Poder Ejecutivo que considere necesarias basado en razones de equilibrio fiscal o a fin de no interrumpir políticas esenciales para el desarrollo de la Provincia. El Poder Ejecutivo en el caso de corresponder la emisión de un decreto, según así lo establezca la reglamentación, deberá incluir un artículo de comunicación a ambas Cámaras Legislativas. La Honorable Legislatura tendrá un plazo de diez (10) días corridos para expedirse sobre la misma a partir de que el decreto toma estado parlamentario, caso contrario el decreto se considerará firme. Exceptúese de lo antes expuesto: los casos previstos en el inciso c), las modificaciones presupuestarias entre jurisdicciones en el marco de acuerdos paritarios, cuando la modificación corresponda a la misma partida presupuestaria y grupo de insumo y las dispuestas por el Ministro de Hacienda y Finanzas en el marco del inciso d) de este artículo. Las modificaciones a que se refieren los incisos precedentes, se instrumentarán del modo que indique la reglamentación.
Provincia de Mendoza Artículo 9 Presupuesto Provincial para el año 2023 LEY 9.433, 7 de Diciembre de 2022
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo dni 92285198 -1555150621 .
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
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