Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2016 Artículo 26 Argentina
Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2016
Artículo 26.
Fíjase el cupo anual al que se refiere el artículo 3°, de la ley 22.317 y el artículo 7°, de la ley 25.872, en la suma de pesos trescientos cincuenta y dos millones ($ 352.000.000), de acuerdo con el siguiente detalle:
a) Pesos sesenta millones ($ 60.000.000) para el Instituto Nacional de Educación Tecnológica;
b) Pesos ochenta millones ($ 80.000.000) para la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional;
c) Pesos doce millones ($ 12.000.000) para la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, inciso d) del artículo 5° de la ley 25.872; d) Pesos doscientos millones ($ 200.000.000) para el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Déjase establecido que el monto del crédito fiscal a que se refiere la ley 22.317 será administrado por el Instituto Nacional de Educación Tecnológica, en el ámbito del Ministerio de Educación.
Argentina Artículo 26 Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2016 LEY 27.198, 4 de Noviembre de 2015
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
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Régimen jurídico de protección de la minoridad Mendoza Artículo 184. Ratificación del Decreto N° 995 de fecha 17 de agosto de 2016 Mendoza Artículo 4. ANEXO IIRecomendados
Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2016 Nacional Artículo 17. Ley de proteccion de los datos personales Nacional Artículo 7. Categoría de datos Aprueba Carta de Adhesión al Plan Federal Estratégico de Turismo Sustentable La Pampa Artículo 3. Presupuesto de Gastos y Recursos para el Ejercicio 2025 Mendoza Artículo 67. Código de Faltas Buenos Aires Artículo 60.Publique la información de sí mismo
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