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Política Ambiental Artículo 49 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Política Ambiental Córdoba
Artículo 49.

La Auditoría Ambiental es un instrumento de gestión que consiste en un proceso de revisión sistemático, documentado y objetivo de una actividad o acción determinada que apunta a identificar, evaluar, corregir y controlar el potencial o real deterioro ambiental, facilitando la comunicación e información tanto por parte de los organismos públicos como de la opinión pública en general.

Constituye además un elemento clave para promover la innovación tecnológica en materia de ambiente.

Sus objetivos son la evaluación del grado de cumplimiento ambiental y de las normativas vigentes de esas actividades o acciones, los incidentes, las condiciones y los sistemas de gestión ambiental adoptados y de la información sobre esos temas. Las Auditorías Ambientales de Cumplimiento se realizan por la Autoridad de Aplicación. Las Auditorías Ambientales del Plan de Gestión Ambiental son instrumentos complementarios e integrantes de dicho plan y serán exigidas al proponente y controladas por la Autoridad de Aplicación. La Autoridad de Aplicación podrá exigir a los responsables Auditorías Ambientales para ayudar a evaluar el cumplimiento del marco normativo ambiental.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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