Créase con carácter permanente el Parlamento Joven (Parlamento Joven) Provincia del Chaco
Créase con carácter permanente el Parlamento Joven Provincia del Chaco
- Artículo 1. Creación
- Artículo 2. Objeto
- Artículo 3. Reglamento Orgánico
- Artículo 4. Autoridad de aplicación
- Artículo 5. Objetivos
- Artículo 6. Sesión Especial
- Artículo 7. Funcionamiento
- Artículo 8. Comisón Interinstitucional de Gestión y Coordinación-Creación
- Artículo 9. Registro
- Artículo 10. Convenios de Asistencia
- Artículo 11. Imputación Presupuestaria
- Artículo 12. Establécese que para los supuestos no previstos por el Anexo I de la...
- Artículo 13. Derógase la ley 4509 -Crea la Legislatura Juvenil de la Provincia del Chaco.
- Artículo 14. Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
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Código Tributario Tucumán Artículo 296. Obligados Constitución Mendoza Artículo 22. Código Procesal Penal Corrientes Artículo 445. Procedencia Código Tributario Catamarca Artículo 143. COMUNICACIONES Código Procesal Penal Chaco Artículo 14. JUICIO CIVIL NECESARIORecomendados
Crea Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial en presidencia R. S. Peña Provincia del Chaco Regula Procedimiento de Adopción. Modifica Ley 4.369 (Estatuto Jurídico del menor de edad y la familia) Provincia del Chaco Institución del 4 de agosto de cada año como Día Provincial de la Chacarera del Monte Provincia del Chaco Creación del Consejo Profesional de Licenciados en Ciencia Política de la provincia de la Pampa La Pampa Artículo 24. Código Aduanero Nacional Artículo 872.Publique la información de sí mismo
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