Modificación del radio municipal de la localidad de Sampacho, ubicado en el Departamento Río Cuarto Artículo 2 Provincia de Córdoba
Modificación del radio municipal de la localidad de Sampacho, ubicado en el Departamento Río Cuarto Córdoba
Artículo 2.
La extensión lineal -expresada en metros- de cada uno de los lados que conforman los cuatro polígonos del radio municipal de la localidad de Sampacho, como así también los valores de las coordenadas georreferenciadas de los treinta vértices que delimitan dichos lados, se detallan en la documentación gráfica confeccionada por la citada municipalidad y verificada por la Dirección General de Catastro según informe técnico N° 37/2022 de fecha 21 de diciembre de 2022 que, en una foja, forma parte integrante de la presente Ley como Anexo I.
Provincia de Córdoba Artículo 2 Modificación del radio municipal de la localidad de Sampacho, ubicado en el Departamento Río Cuarto
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Código de Faltas Mendoza Artículo 157. Disponen la creación de la Agencia Agro Córdoba SEM para el desarrollo agropecuario Córdoba Artículo 2. Objeto Ley de animales sueltos en la vía pública. Faltas Chaco Artículo 2. DEFINICIONES Declaran de utilidad pública y sujetos a expropiación inmuebles ubicados en la ciudad de Córdoba, Departamento Capital Córdoba Artículo 1. Modificaciones a la Ley N° 7625 Córdoba Artículo 4.Publique la información de sí mismo
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