Ley Procesal de Familia Artículo 261 Provincia de Entre Ríos
Ley Procesal de Familia Entre Ríos
Artículo 261. Recurso
Contra la sentencia definitiva sólo será admisible el recurso de apelación ante la Cámara de Apelaciones competente, el cual deberá interponerse fundado dentro de los tres (3) días de notificada, y se sustanciará por igual plazo común con la contraparte y el menor de edad. En el mismo lapso se expedirá el Ministerio Público.
Será concedido libremente y con efecto suspensivo, salvo que el juez advirtiera que existen motivos suficientes fundados, para otorgarlo con efecto devolutivo. Los autos serán elevados dentro del término de veinticuatro (24) horas de evacuados los traslados.
Desde la recepción del expediente, el Tribunal de Alzada cuenta con seis (6) días para dictar su sentencia. Contra la sentencia de segunda instancia no será admisible otro recurso en el ámbito local.-
Provincia de Entre Ríos Artículo 261 Ley Procesal de Familia
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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