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Ley Orgánica del Poder Judicial Artículo 96 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/02/2025

Ley Orgánica del Poder Judicial La Rioja
Artículo 96. REEMPLAZO

Los Secretarios son reemplazados en caso de recusación, excusación, licencia u otro impedimento por:

a) El Prosecretario respectivo;

b) Por el Jefe de Despacho de la misma Secretaría;

c) Por otro Secretario del mismo Tribunal;

d) Por otro Secretario de distinto Tribunal o Juzgado.

En los Juzgados de Paz Legos el Juez designará en reemplazo del Secretario, un testigo de actuación que prestará juramento en cada caso.



Provincia de La Rioja Artículo 96 Ley Orgánica del Poder Judicial
Artículo 1 ...94 95 96 97 98 ...222

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Los nuevos comentarios en el sitio web

Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.

En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).


Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?


Hola, puede una persona estar privada de su libertad sin tener centencia firme? Del 2019, le dieron 15 años ,apelaron y todavía no hay noticias de nada


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