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Ley orgánica del ministerio público Artículo 28 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Ley orgánica del ministerio público Mendoza
Artículo 28. Procurador General. Deberes y Atribuciones

El Procurador General es la máxima autoridad del Ministerio Público Fiscal de laProvincia. Son sus deberes y atribuciones:

1) Dictaminar en las causas que tramitan ante la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, de acuerdo a lo dispuesto por la Constitución Provincial y las leyes.

2) Impulsar la acción pública ante dicho Tribunal, en los casos que corresponda.

3) Representar al organismo frente a la Suprema Corte de Justicia y a los demás Poderes del Estado; asistir a los acuerdos de aquella, cuando fuere invitado, y asesorarla en todos los asuntos que le fueren consultados.

4) Remitir al Poder Ejecutivo el requerimiento presupuestario anual del Ministerio Público Fiscal en un plazo máximo de treinta (30) días antes de la fecha establecida en nuestra Constitución para la presentación del Proyecto de presupuesto general de la Provincia ante el Poder Legislativo.

5) Remitir anualmente a la Legislatura y al Poder Ejecutivo, una Memoria sobre el movimiento y estado de la administración del Ministerio Público Fiscal.

6) Diseñar la política criminal y de persecución penal del Ministerio Público Fiscal, debiendo impartir para ello las instrucciones generales que correspondan en particular las referidas a los institutos de derecho sustantivo y procesal necesarios a tal fin, o cuya aplicación genere controversia, debiendo reglamentarla delegación del ejercicio de la acción penal por parte de los integrantes delMinisterio Público Fiscal.

7) Concurrir a la Legislatura al menos una vez al año ante la Comisión Bicameral,creada por Artículo 32 de la Ley 6721, para informar el diseño y/o modificación de la política criminal y de persecución penal adoptada, sobre las directivas e instrucciones dispuestas y los resultados obtenidos.

8) Impartir las instrucciones generales y particulares necesarias para efectivizar los principios de actuación y las funciones del Ministerio Público Fiscal previstas en la presente Ley.

9) Diseñar la organización del Ministerio Público Fiscal, creando las Unidades Fiscales u Oficinas Fiscales necesarias; disponer la creación de Unidades Fiscales especializadas en la investigación de determinados delitos o la reformade las ya creadas; determinar el número de magistrados, funcionarios y empleados que integrarán las Unidades Fiscales y Oficinas Fiscales y, en general, decidir el aumento de sus recursos humanos o materiales necesarios para optimizar su labor. Los Magistrados, Funcionarios y empleados judiciales que a la fecha del dictado de la presente presten servicio en el Ministerio Público Fiscal,continuarán en la misma situación de revista, cargo y jerarquía alcanzada, dependiendo en forma directa del Procurador General de la Suprema 10) Interveniren el proceso de designación de los Magistrados del organismo, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 15 de esta Ley.

11) Designar a los funcionarios y empleados del organismo en tanto la Constitución o las leyes no requieran un procedimiento especial para su nombramiento. Para ello deberá tener en cuenta las condiciones que autoriza esta Ley y dictar la reglamentación respectiva.

12) Designar Fiscales Adjuntos cuando así lo requieran razones de mejor servicio.

13) Designar Fiscales Sustitutos cuando así lo requieran razones de mejorservicio.

14) Disponer los traslados que estime necesarios de conformidad a las pautasdel Articulo 21 de esta Ley.

15) Disponer la actuación conjunta o alternativa de dos o más integrantes del Ministerio Público Fiscal, de igual o diferente jerarquía, respetando la competencia en razón de la materia y del territorio y cuando la importancia o dificultad de los asuntos lo hagan aconsejable.

16) Ejercer la Superintendencia General sobre el Ministerio Público Fiscal contodas las potestades administrativas, reglamentarias, disciplinarias y de contralor inherentes a la misma.

17) Impulsar las actividades de capacitación de los integrantes del organismo y coordinarlas con las dependencias judiciales respectivas. A tal fin deberá preverlas en el requerimiento presupuestario anual mencionado en el inciso 4 de este artículo y dictar la reglamentación respectiva.

18) Asegurar el régimen de visitas a los establecimientos carcelarios y de detención previstos en el Artículo 9º de esta Ley.

19) Celebrar los convenios de cooperación e integración de recursos, de acuerdo al Artículo 10 de esta Ley.

20) Asegurar la asistencia gratuita a la víctima o damnificado por el delito, y propender a la protección de los testigos a través de las reparticiones que correspondan en la órbita del Poder Ejecutivo Provincial. Asimismo, procurar las formas de conciliación de acuerdo a lo dispuesto en losArtículos 11 y 12 de esta Ley.

21) En materia disciplinaria atenderá las quejas que ante él se promuevan por la inacción o retardo de despacho de los miembros del Ministerio Público Fiscal, debiendo instarlos al cumplimiento de su deber, fijarles término para su expedición y, aplicar el régimen disciplinario conforme al Reglamento del Ministerio Público Fiscal, siempre que no constituya causal de Jury de Enjuiciamiento. Sin perjuicio de ello, el Procurador General podrá aplicar a todos los empleados y funcionarios del Ministerio Público Fiscal las sanciones que eventualmente pudieran corresponder, conforme al Estatuto del Empleado Público de la Provincia y Reglamento del Ministerio Público Fiscal.

22) Actuar como representante del Ministerio Público Fiscal ante el Jury de Enjuiciamiento, de acuerdo a lo que establece la ley respectiva, pudiendo actuaren forma conjunta con un Fiscal Adjunto o Fiscal de Cámara, cuando razones demejor servicio lo requieran.

23) Conceder licencias ordinarias y extraordinarias, a los integrantes del Ministerio Público Fiscal, a través de la Coordinación General y Encargado deGestión Administrativa del Ministerio Público Fiscal.

24) Dirigir la Policía Judicial y el Cuerpo Médico Forense, con las facultades yobligaciones que determine la ley respectiva y las reglamentaciones que sedicten al efecto.

25) Elevar al Poder Legislativo, la opinión del Ministerio Público Fiscal acercade la conveniencia de implementar determinadas reformas legislativas, y al PoderEjecutivo en caso de reformas reglamentarias.

26) Designar, previa aprobación de los concursos correspondientes, al personal técnico y administrativo para que cumpla funciones en el ámbito del Ministerio Público Fiscal.

27) Designar al personal de maestranza y servicios que cumpla funciones en el Ministerio Público Fiscal.

28) Disponer la organización escalafonaria del Ministerio Público Fiscal conforme la reglamentación que se dicte al efecto.

29) Elaborar y gestionar el Presupuesto del Ministerio Público Fiscal.

30) Dictar los reglamentos necesarios para el cumplimiento del ejercicio de suministerio.

31) Establecer los criterios que orienten el inicio y selectividad de las acciones de extinción de dominio en función de la significación económica de los bienes, el grado de afectación al interés público y los objetivos que orientan el accionar del Ministerio Público Fiscal. Para el cumplimiento de estas funciones, el Procurador General podrá requerir y/o prestar colaboración internacional en los términos de la normativa, convenios y pactos vigentes.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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