Imprimir

Ley orgánica del ministerio público Artículo 30 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley orgánica del ministerio público Mendoza
Artículo 30. Cuerpo de Abogados Auxiliares de la Procuración

Abogados Oficiales de la Oficina del Querellante Particular. Cuerpo de Abogados Auxiliares de la Procuración. El Procurador General designará a los integrantes del Cuerpo de Abogados Auxiliares de la Procuración, cuya cantidad dependerá de las necesidades del funcionamiento, previo concurso de antecedentes y oposición, de acuerdo a lo que establezca la respectiva reglamentación. Organizará y supervisará su funcionamiento sobre la base de la reglamentación y las instrucciones que se dicten al respecto. Abogados Oficiales de la Oficina del Querellante Particular. Los Abogados Oficiales patrocinarán ante los tribunales, cuando les sea requerido, a las personas que se constituyan como Querellantes Particulares porhaber sido víctimas o damnificados por delitos que merezcan pena privativa de la libertad cuyo mínimo no sea inferior a tres (3) años, en tanto invoquen y justifiquen sumariamente pobreza. Estas limitaciones no se aplicarán en delitos por violencia de género. En igual caso patrocinarán a sus familiares directos, cuando del delito resulte la muerte o incapacidad de aquellos. Deberán evacuar sus consultas y procurar, cuando les sea requerido, las formasde conciliación previstas en el Artículo 12 de esta Ley. Para ser Abogado Oficial del Querellante Particular se requieren las mismas condiciones que para ser Fiscal de Instrucción y serán designados por el Procurador General previo concurso interno de oposición y antecedentes. Podrán reemplazarse entre si en el desarrollo de su función, de acuerdo a lo dispuesto en esta Ley y a la reglamentación que al efecto dicte el Procurador General. Excepcionalmente podrán ser reemplazados por abogados de la planta del personal del Ministerio Público Fiscal.



Provincia de Mendoza Artículo 30 Ley orgánica del ministerio público
Artículo 1 ...28 29 30 31 32 ...61

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse