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Ley Orgánica de Personas Jurídicas y Registro Público Artículo 21 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley Orgánica de Personas Jurídicas y Registro Público Mendoza
Artículo 21. Inspecciones e investigaciones. Examen de Libros y documentación

Requerimiento de Información y datos. Es atribución de la Dirección realizar inspecciones e investigaciones respecto de las personas jurídicas privadas bajo su competencia y, en el marco de las mismas, requerir información, suministro de datos, pedidos de informe y explicaciones por escrito, exhibición y presentación de libros contables, orgánicos, tributarios, laborales y todo otro cuanto lleve o deba llevar la entidad privada, como asimismo toda otra documentación en soporte físico o magnético. En tal sentido, dichas entidades deberán permitir el acceso a sus respectivas sedes, sucursales y cualquier otro asiento, al funcionario de la Repartición que haya sido designado al efecto, que se presente y acredite debidamente. Las personas jurídicas en cuestión tienen el deber de prestar la máxima cooperación al funcionario designado al efecto, debiendo cumplimentar con lo que éste les requiere dentro del ámbito de su competencia y atribuciones. Por razones de seguridad, podrá intervenir los libros inspeccionados, cerrándolos luego de su último asiento, bajo la firma del funcionario interviniente.

La negativa, obstaculización u obstrucción de cualquier índole en que incurra la persona jurídica privada respecto de cualquiera de las atribuciones previstas en este inciso, habilitará la aplicación de las sanciones previstas en esta Ley, tanto a la persona jurídica privada de que se trate, como en su caso, a sus funcionarios orgánicos, socios o asociados. Tratándose de asociaciones civiles o de fundaciones, tal obstrucción podrá ser causal de intervención administrativa con desplazamiento, siguiéndose el procedimiento previsto al efecto en la presente Ley.



Provincia de Mendoza Artículo 21 Ley Orgánica de Personas Jurídicas y Registro Público
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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