Ley orgánica de las municipalidades Artículo 136 Provincia de Buenos Aires
Ley orgánica de las municipalidades Buenos Aires
Artículo 136.
Antes de llamar a licitación se deberán hacer los estudios de todas las condiciones, elementos técnicos y materiales relativos a la obra.
El Intendente dispondrá que las oficinas especializadas confeccionen:
1 Plano general y detalle del proyecto.
2 Pliego de bases y condiciones.
3 Presupuesto detallado.
4 Memoria descriptiva.
5 Y demás datos técnico-financieros.
Provincia de Buenos Aires Artículo 136 Ley orgánica de las municipalidades
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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Ley orgánica de las municipalidades Buenos Aires Artículo 1. Acción Popular de Incostitucionalidad Provincia de Salta Juicio político La Rioja Artículo 24. Misión y funciones de la Subsecretaría de Trabajo Mendoza Artículo 62. Procedimiento Transferencia de tierras a favor de la Municipalidad de Puerto Provincia de Santa CruzPublique la información de sí mismo
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