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Ley orgánica de la administración de justicia Artículo 5 Provincia de Corrientes


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley orgánica de la administración de justicia Corrientes
Artículo 5.

En la Primera Circunscripción Judicial actuarán trece Artículo 5º: En la Primera Circunscripcion Judicial actuaran trece Juzgado en lo Civil y Comercial, tres Juzgado de Familia, cuatro Juzgados en lo Laboral, dos Juzgados en lo Contencioso Administrativo, seis Juzgados de Instrucción, dos Juzgados en lo Correccional y tres Juzgados de Menores, todos con asiento en la Capital, un Juzgado Civil, Comercial y Laboral, un Juzgado de Instrucción y Correccional, y un Juzgado de Familia y Menores, con asiento en la ciudad de Bella Vista, todos con competencia en todo el Departamento en donde tiene su asiento; un Juzgado Civil y Comercial y un Juzgado de Instrucción y Correccional con asiento en la ciudad de Saladas cuyas competencias se extenderán a los Departamentos de Empedrado, Mburucuya y Saladas; un Juzgado de Instrucción y Correccional con asiento en la ciudad de Santa Rosa cuya jurisdicción se extenderá a los Departamentos de Concepción y San Miguel.-

Provincia de Corrientes Artículo 5 Ley orgánica de la administración de justicia
Artículo 1 ...3 4 5 6 7 ...134

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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