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Ley Orgánica de Comunas Artículo 25 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 26/03/2025

Ley Orgánica de Comunas Santa Fe
Artículo 25.

Las Comisiones Comunales constituirán por sí, sus respectivas autoridades, eligiendo de su seno, un presidente, un vicepresidente y un tesorero.

Podrán con el voto favorable de la mayoría de sus miembros titulares, fijar remuneración para el presidente, y una dieta para no más de dos (2) de los miembros titulares, que el cuerpo crea necesario, las que sólo les será abonada en proporción a su asistencia a las reuniones del cuerpo y en correlación a las funciones asignadas de acuerdo al reglamento interno comunal. Las dietas no podrán exceder ni superar por todo concepto el 60% de la remuneración del presidente.



Provincia de Santa Fe Artículo 25 Ley Orgánica de Comunas
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.

En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).


Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?


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