Imprimir

Ley Impositiva Ejercicio 2019 Artículo 35 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley Impositiva Ejercicio 2019 Mendoza
Artículo 35.

En el Impuesto Inmobiliario, la notificación del avalúo anual correspondiente a cada parcela como así también la notificación del Impuesto determinado, se consideran realizadas en oportunidad de la comunicación de la cuota Nº 01 del período fiscal 2019, o de su notificación al domicilio fiscal electrónico establecido por el Código Fiscal.

En el Impuesto a los Automotores, la Administración Tributaria Mendoza comunicará el monto total del impuesto que grave anualmente el bien objeto del tributo, en oportunidad de la comunicación de la cuota Nº 01 correspondiente al periodo fiscal 2019. El pago del impuesto anual en cuotas, devengará el interés de financiación previsto en el Artículo 44 del Código Fiscal, calculado desde la fecha que se fije para el vencimiento de la opción de pago total.

Los sujetos alcanzados por alguno de los beneficios fiscales establecidos por la presente y por las leyes impositivas de ejercicios anteriores que no hubieran hecho uso de los mismos, no podrán repetir los montos abonados en consecuencia.



Provincia de Mendoza Artículo 35 Ley Impositiva Ejercicio 2019
Artículo 1 ...33 34 35 36 37 ...41

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse