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Ley Impositiva Anual Artículo 2 Provincia de Santa Fe


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 29/05/2023

Ley Impositiva Anual Santa Fe
Artículo 2. Alícuotas aplicables

Fíjanse a los efectos de las liquidaciones y pago del impuesto Inmobiliario básico sobre tierras y mejoras a que refiere el Artículo 105 del Código Fiscal las siguientes alícuotas sobre el total de la valuación fiscal:

a) Sobre la valuación fiscal de la tierra de los inmuebles rurales, la escala que a continuación se indica:

ESCALA Excepcionalmente, para aquellos contribuyentes titulares de un único inmueble rural, cuya superficie no supere el 50% de la unidad económica agraria, el impuesto que en definitiva se determine para el período fiscal 2012 no podrá superar en un cincuenta por ciento (50%) el impuesto inicialmente liquidado para el período fiscal 2012.

b) Sobre el conjunto de los valores fictos de los inmuebles urbanos y suburbanos, calculados según el Artículo 28 de la presente ley, por la siguiente escala:

ESCALA En ningún caso, el impuesto que en definitiva se determine para los inmuebles urbanos y suburbanos podrán superar, respecto del período fiscal 2011, los siguientes topes de incrementos: para los rangos 1 a 4 (0%), para el rango 5 (20%), para el rango 6 (30%), para el rango 7 (60%) y para el rango 8 (75%). La excepción de abonar los incrementos para los rangos 1 a 4, y los topes de incremento para los rangos de 5 a 8 solo podrán ser modificados por ley.



Provincia de Santa Fe Artículo 2 Ley Impositiva Anual
Artículo 1 2 3 3 bis ...58

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Los nuevos comentarios en el sitio web

si el titular de la cuenta bancaria fallecio, no puede acceder nadie a la cuenta sin que antes se determine quien o quienes son los herederos.

Lo normal es que inicie la sucesion si tiene derechos sobre el causante.



Hola. Esto parece más una denuncia que otra cosa.

El ámbito para hacerlo es la AFIP .


buenas noches quien son los encargado de controlar las fundaciones que trabaja sin personeria juridica con ingresos desconocidos que no estan controlado por ningun fisco conozco una "fundacion carlos cabrera" de la localidad de hipolito yrigoyen provincia de salta que comenzo a trabajar en octubre del año 2021 con bastantes ingresos monetario que se desconoce su procedencia y no tiene cuenta bancaria recien en abril del 2023 saca la personeria juridica pero los 2 años que trabajo no es controlado ni por afip. Puden ver por facebook lo que digo como le daba solucion y gastos en festejos a mano llena sin presentar en ningun lado los ingresos y egresos de dinero que maneja dicha fundacion. esto no es normal que trabaje sin ninguna inspeccion provincial y nacional.existe comentario en la localidad que dicha presidenta de la fundacion estaria lavando dinero.a empresario que no pagan impuestos. ¿es normal esto? que no tenga ningun tipo de inspeccion.


Perdon no entiendo porque si estoy buscando se me entregue el dinero en la cta de mi marido fallec. El 31/12/22. Y la suc.Abierta por la herm. En la cual me agrego, se dilata el proceso, sabiendo que mi solicitud tiene plazo????es asi??Puedo tener ahora una respuesta por esta via??


Buenas tardes, necesito saber si en la cuenta bancaria de la persona fallecida puedo tener accso ??Tenia 37 años de convi.Todo documentado. Cual seria el impedimento ??Muchas gracias


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