Ley Impositiva Anual para el Ejercicio 2021 Artículo 76 Provincia de San Luis
Ley Impositiva Anual para el Ejercicio 2021 San Luis
Artículo 76.
VENCIMIENTOS: Establecer el siguiente calendario de vencimiento general para las cargas financieras establecidas en los artículos anteriores, excepto para los casos que en la presente Ley se fijen vencimientos especiales: CONCEPTO PERIODO VENCIMIENTO DERECHO DE USO -
AGUA SUPERFICIAL - AGua
SUBTERRÁNEA MENSUAL 15 al 30 del messiguiente
CONSUMO POR HECTAREA-
AGUA SUBTERRANEA MENSUAL 15 al 30 del mes siguiente CONSUMO POR M3 - USO
POBLACIONAL - MUNICIPIOS Y
COOPERATIVAS MENSUAL 15 al 30 del mes siguiente CONSUMO POR M3 - AGUA
SUBTERRANEA MENSUAL 15 al 30 del mes siguiente CONSUMO POR M3 - DERECHO -
MANTENIMIENTO - CANALES MENSUAL 15 al 30 del mes siguiente CONSUMO POR M3 - AGUA
SUPERFICIAL - ACUEDUCTO BIMESTRAL 15 al 30 del mes siguiente CANON
CONSUMO AGUA SUPERFICIAL -
VERTIENTES SEMESTRAL 15 al 30 del mes siguiente
Provincia de San Luis Artículo 76 Ley Impositiva Anual para el Ejercicio 2021 LEY 254, 1 de Enero de 2021
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
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Elaboración del Digesto Jurídico Córdoba Artículo 9. Funciones Estatuto del personal docente de la Provincia Buenos Aires Artículo 140. Regulación del ejercicio de la profesión de guardavidas Ciudad Autónoma de Buenos Aires Declararon el estado de emergencia pública Entre Ríos Artículo 7. Crea el Observatorio del Mercado Inmobiliario Tucumán Artículo 1.Recomendados
Nuevo régimen para empresas prestadoras de servicios de seguridad privada Córdoba Artículo 7. Actividades comprendidas Constitución Tucumán Artículo 18. Crean el Consejo Económico y Social Santa Fe Artículo 12. Creación del Programa de Educación Ambiental en todas las escuelas del ámbito de la Provincia Catamarca Artículo 2. Capacitación obligatoria, periódica y permanente en la Cuestión de las Islas Malvinas Nacional Artículo 10.Publique la información de sí mismo
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