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Ley Impositiva Anual para el Ejercicio 2021 Artículo 23 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 08/07/2025

Ley Impositiva Anual para el Ejercicio 2021 San Luis
Artículo 23.

A los fines del Artículo 215 del Código Tributario Ley Nº VI-0490- 2005 y sus modificatorias, se establece un importe mínimo anual general para las actividades a las que no se dispone mínimos especiales, de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($ 7.680,00). Disponer los siguientes mínimos especiales para las actividades que a continuación se detallan, sujetos a los parámetros que encada caso se establezcan: Expendio de comidas y bebidas en restaurantes, cafés y otros establecimientos con servicios de mesa y/o en mostrador CODIGOS: 561011, 561012, 561013, 561014, 561019, 561020, 561030, 562010, 562091, 562099 Hasta 50 m2 habilitados: $ 19.320 Mas de 50 m2 habilitados: $ 69.120 Mas de 150 m2 habilitados: $ 119.760 Servicios prestados en alojamientos por hora CODIGO: 551010 Por habitación: $ 14.400 Servicios de estacionamiento y garajes CODIGO: 524120 Hasta DOSCIENTOS (200) metros cuadrados. $ 10.560 Más de DOSCIENTOS (200) metros cuadrados y hasta QUINIENTOS (500) metros cuadrados. $ 14.400 Más de QUINIENTOS (500) metros cuadrados y hasta MIL (1.000) metros cuadrados. $ 34.320 Más de MIL (1000) metros cuadrados y hasta MIL QUINIENTOS (1.500) metros cuadrados. $ 48.240 Más de MIL QUINIENTOS (1.500) metros cuadrados. $ 69.120 El mínimo establecido se incrementará en un 20% en caso de prestar servicios de lavado, engrasado u otro servicio adicional. INMUEBLES CODIGOS: 682091, 682099: Mínimo Anual: $ 55.080 CODIGO: 681098 Alquiler de cabañas, bungalows y similares. En los casos de contribuyentes que desarrollen actividades de Alquiler de cabañas, bungalows y similares, deberán utilizar el código correspondiente a "Alquiler de Inmuebles Propios" (681098) debiendo observar, en todos los casos, los parámetros aquí establecidos: Valor x m2: $ 67,00 Servicios de diversión y esparcimiento prestados en salones de baile, discotecas, boîtes, night clubes, pub y similares, con o sin espectáculo: CODIGO: 939030 Valor x m2: $ 349 Peluquerías - Servicios de Belleza - Fotografía - Pompas Fúnebres - Estética Corporal: Servicios de peluquería. Peluquerías. CODIGO 960201 $ 13.440 Servicios de tratamiento de belleza, excepto los de peluquería. CODIGOS 960202. $ 13.440 Servicios de fotografía. CODIGO 742000 $ 13.440 Servicios de pompas fúnebres y servicios conexos. CODIGO 960300 $ 41.640 Servicios de centros de estética, spa y similares. CODIGO 960910 $ 27.360 Ferias transitorias y ventas ambulantes. Sujetos no inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la provincia de San Luis, por stand o puesto de venta en cada Feria. $ 5.000 Cuando el evento haya sido Declarado de Interés Provincial por el Gobierno de la Provincia. $ 1.000 Estarán exentos del pago establecido en el presente Inciso los eventos organizados en el marco de los Programas dependientes del Poder Ejecutivo Provincial.

2- Disponer mínimos especiales para las actividades que a continuación se detallan:

SERVICIOS TÉCNICOS Y PROFESIONALES 691001 Servicios jurídicos. Abogados. 691002 Servicios notariales. Escribanos. 692000 Servicios de contabilidad, auditoría, impositivos y otros asesoramientos afines. 620101 Desarrollo y puesta a punto de productos de software.

620102 Desarrollo de productos de software específicos. 620103 Desarrollo de software elaborado para procesadores. 620104 Servicios de consultores en informática y suministros de programas de informática. 620200 Servicios de consultores en equipo de informática. 620300 Servicios de consultores en tecnología de la información. 711002 Servicios geológicos y de prospección. 711009 Servicios de arquitectura e ingeniería y servicios conexos de asesoramiento técnico n.c.p. 712000 Ensayos y análisis técnicos. 741000 Servicios de diseño especializado. 732000 Estudio de mercado, realización de encuestas de opinión pública. 523011 Servicios de gestión aduanera realizados por despachantes de aduana. 749001 Servicios de traducción e interpretación. 780009 Obtención y dotación de personal. 639100 Agencias de noticias. 639900 Servicios de información n.c.p. 862110 Servicios de consulta médica. 862120 Servicios de proveedores de atención médica domiciliaria. 862130 Servicios de atención médica en dispensarios, salitas, vacunatorios y otros locales de atención primaria de la salud. 862200 Servicios odontológicos.

863110 Servicios de prácticas de diagnóstico en laboratorios. 863120 Servicios de prácticas de diagnóstico por imágenes. 863190 Servicios de prácticas de diagnóstico n.c.p. 863200 Servicios de tratamiento. 863300 Servicio médico integrado de consulta, diagnóstico y tratamiento. 869010 Servicios de rehabilitación física. 869090 Servicios relacionados con la salud humana n.c.p. 750000 Servicios veterinarios. 749009 Actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.p. 702010 Servicios de gerenciamiento de empresas e instituciones de salud; servicios de auditoría y medicina legal; servicio de asesoramiento farmacéutico.

Los mínimos establecidos serán en función de los ingresos totales anuales, del ejercicio inmediato anterior, sean gravados, no gravados ó exentos y sin considerar la incidencia del Impuesto al Valor Agregado, de la actividad sujeta el mínimo especial y de acuerdo a la siguiente escala:

INGRESOS ANUALES IMPUESTO MINIMO ANUAL

DESDE HASTA

$ 417.478,00 $ 7.680,00

$ 417.479,00 $ 626.217,00 $ 8.640,00

$ 626.218,00 $ 834.956,00 $ 12.840,00

$ 834.957,00 $ 1.043.095,00 $17.280,00

$ 1.043.096,00 $ 1.252.434,00 $21.600,00

$ 1.252.435,00 $ 1.739.492,00 $25.920,00

MAS DE $ 1.739.493,00 $36.480,00


Facultar a la Dirección Provincial de Ingresos Públicos, previa vista al Ministerio de Hacienda Pública, a eximir el ingreso de los importes mínimos anuales, que, por actividad, establece el presente Artículo, en oportunidad de que dichas actividades sean afectadas por disposiciones Nacionales o Provinciales en resguardo de la salud pública. La Dirección reglamentará toda norma, plazo y procedimiento.-

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Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?


me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus


Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.


Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?


Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.


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