Ley Impositiva año 2017 Artículo 8 Provincia de Río Negro
Ley Impositiva año 2017 Río Negro
Artículo 8.
Establécese que las siguientes actividades se encuentran exentas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en los términos del artículo 20 de la Ley I nº 1301 vigente y/u otras leyes especiales, según corresponda en cada caso:
342041 Edición de libros y publicación. Editoriales con talleres propios. Escritores y/o ilustradores (ley I n° 1301 artículo 20 inciso d).
614076 Edición, distribución y venta de libros y publicaciones. Editoriales (sin impresión) (ley I n° 1301 artículo 20 inciso d).
614084 Distribución y venta de diarios y revistas (ley I nº 1301 artículo 20 inciso d).
624058 Venta minorista de libros (ley I nº 1301 artículo 20 inciso d).
384526 Diseño y construcción de equipos aeroespaciales, incluidos satélites y accesorios. (Ley I nº 1301 artículo 20 inciso q).
384534 Diseño, asesoramiento y fabricación de reactores nucleares. Incluidas instalaciones anexas (Ley I nº 1301 artículo 20 inciso q).
383128 Fabricación de equipos de distribución y transformación de electricidad (Ley I nº 1301 artículo 20 inciso q).
383118 Fabricación de motores eléctricos. Transformadores y generadores (ley I nº 1301 artículo 20 inciso q).
382458 Fabricación de maquinaria y equipo para la industria del papel y las artes gráficas (Ley I nº 1301 artículo 20 inciso q).
382448 Fabricación de maquinaria y equipo para la industria textil (Ley I nº 1301 artículo 20 inciso q).
382440 Fabricación de maquinaria y equipo para la elaboración y envasado de productos alimentarios y bebidas (Ley I n° 1301 artículo 20 inciso q).
382432 Fabricación de maquinaria y equipo para la industria minera y petrolera (Ley I n° 1301 artículo 20 inciso q).
382318 Fabricación de maquinaria y equipo para trabajar metales y madera (Ley I nº 1301 artículo 20 inciso q).
382221 Fabricación de maquinaria y equipo para la agricultura y ganadería (Ley I nº 1301 artículo 20 inciso q).
832518 Locación de espacios publicitarios en diarios, periódicos y revistas. Avisos. Edictos y solicitadas (Ley I nº 1301 artículo 20 inciso d).
910015 Administración pública y defensa (Ley I nº 1301 artículo 20 inciso a).
932028 Investigación científica y tecnológica autorizada por organismo competente (Ley I nº 1301 artículo 20 inciso i).
939110 Servicios prestados por organizaciones religiosas (Ley I nº 1301 artículo 20 inciso i).
831027 Alquiler y arrendamiento de inmuebles propios para fiestas o eventos, (exclusivamente los realizados por las entidades encuadradas en el inciso i) del artículo 20 de la Ley I nº 1301).
931025 Escuelas de enseñanza y capacitación en actividades turísticas (guías de turismo, ski, buceo, etcétera) (exclusivamente los realizados por las entidades encuadradas en el inciso i) del artículo 20 de la Ley I nº 1301).
932020 Investigaciones y ciencias. Instituciones y/o centros de investigación y científicos (exclusivamente los realizados por las entidades encuadradas en el inciso i) del artículo 20 de la Ley I nº 1301).
935019 Servicios prestados por asociaciones profesionales, comerciales y laborales (incluye cámaras, sindicatos, etcétera) (exclusivamente los realizados por las entidades encuadradas en el inciso i) del artículo 20 de la Ley I nº 1301).
949028 Servicios de prácticas deportivas (incluye clubes, gimnasios, canchas de tenis, "paddle" y similares) (exclusivamente los realizados por las entidades encuadradas en el inciso i) del artículo 20 de la Ley I nº 1301).
959946 Proveedores de bienes y/o servicios realizados por empresas tercerizadas (Ley I nº 1301 artículo 20 inciso u)).
390984 Producción artesanal exclusivamente sin mano de obra contratada directamente, excepto ayuda familiar sin local propio.
Queda exceptuada la producción de sustancias comestibles (Ley F nº 2891).
624102 Venta de productos farmacéuticos y medicinales (exclusivamente los realizados por las entidades encuadradas en el inciso v) del artículo 20 de la Ley I nº1301).
959948 Ingresos provenientes de cuotas y/o aportes sociales encuadrados en el artículo 20 inciso i) de la Ley I n° 1301.
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
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