Ley Impositiva año 2017 Artículo 7 Provincia de Río Negro
Ley Impositiva año 2017 Río Negro
Artículo 7.
Establécese que la producción primaria que se detalla a continuación se encontrará exenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en los términos y con las excepciones previstas en el inciso n) del artículo 20 de la Ley I nº 1301 vigente.
Cuando los productores no sean encuadrados como pequeños de acuerdo a la reglamentación del inciso n) del artículo 20 de la Ley I nº 1301, corresponderá aplicar la alícuota del uno por ciento (1%).
Cultivos agrícolas:
111279 Cultivo de manzanas y peras.
111287 Cultivo de frutales no clasificados en otra parte.
111252 Cultivo de vid.
111260 Cultivo de cítricos.
111295 Cultivo de olivos, nogales y de plantas de frutos afines no clasificados en otra parte.
111309 Cultivo de arroz.
111317 Cultivo de soja.
111325 Cultivo de cereales excepto arroz, oleaginosas excepto soja y forrajeras no clasificadas en otra parte.
111333 Cultivo de algodón.
111341 Cultivo de caña de azúcar.
111368 Cultivo de té, yerba mate y tung.
111376 Cultivo de tabaco.
111384 Cultivo de papas y batatas.
111392 Cultivo de tomates.
111406 Cultivo de hortalizas y legumbres no clasificadas en otra parte.
111414 Cultivo de flores y plantas de ornamentación. Viveros e invernaderos.
111481 Cultivos no clasificados en otra parte.
Cría de animales:
111112 Cría de ganado bovino.
111120 Invernada de ganado bovino.
111139 Cría de animales de pedigrí.
111147 Cría de ganado equino. Haras.
111155 Producción de leche. Tambos.
111163 Cría de ganado ovino y su explotación lanera.
111171 Cría de ganado porcino.
111198 Cría de animales destinados a la producción de pieles.
111201 Cría de aves para producción de carnes.
111228 Cría y explotación de aves para producción de huevos.
111236 Apicultura.
111244 Cría y explotación de animales no clasificados en otra parte incluye ganado caprino, otros animales de granja y su explotación, etcétera).
Caza y captura de animales vivos, repoblación de animales de caza y servicios conexos:
113018 Caza ordinaria y mediante trampas y repoblación de animales.
Silvicultura, extracción de madera y servicios conexos:
121010 Explotación de bosques, excepto plantación, repoblación y conservación de bosques (incluye producción de carbón vegetal, viveros de árboles forestales, etcétera).
121029 Forestación (plantación, repoblación y conservación de bosques).
122017 Corte, desbaste de troncos y madera en bruto.
Pesca y servicios conexos:
130112 Pesca artesanal de altura y costera (marítima).
130210 Pesca artesanal fluvial y lacustre (continental) y explotación de criaderos o viveros de peces y otros frutos acuáticos.
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
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