Ley de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis (Ley de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis) Nacional
Ley de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis Nacional
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Programa
- Artículo 3. Objetivos
- Artículo 4. Autoridad de aplicación
- Artículo 5. La autoridad de aplicación, en coordinación con organismos públicos...
- Artículo 6. La autoridad de aplicación tiene la facultad de realizar todas las acciones...
- Artículo 7. La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica...
- Artículo 8. Registro
- Artículo 9. Consejo Consultivo
- Artículo 10. El Estado nacional impulsará a través de los laboratorios de Producción...
- Artículo 11. El Poder Ejecutivo nacional, a través de la autoridad de aplicación,...
- Artículo 12. Adhesión
- Artículo 13. Reglamentación
- Artículo 14. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Otras regulaciones
Convenio de Coproducción Cinematográfica entre la República Argentina y el Estado de Israel Protocolo sobre el Comercio de Servicios entre Mercosur y Chile Declaración de la Fiesta Nacional a la Fiesta del Pomelo, con sede en la localidad formoseña de Laguna Blanca Ferias de las Artesanías y Tradiciones Populares Argentinas Regimen especial para la donacion de alimentos-donalMejores juristas





Si yo uso un clip de una persona que apareció en YouTube o en los medios de comunicación para citar lo que dice, ¿puede reclamarme por utilizar su imagen si bien su imagen ya la dispuso públicamente?
La cedula verde autoriza al dueño a circular por la vía publica y la cedula azul autoriza al tercero autorizado que no es dueño circular por la vía publica, ambas cedulas le permiten circular dentro el territorio nacional y por paises limítrofes, obviamente con todos los demás requisitos como: registro de conducir, seguro, VTV, matafuegos.
Dirección: https://www.instagram.com/diaz_sahonero_asoc/
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.facebook.com/estudio-jur%c3%addico-diaz-sahonero-y-asoc-458484991253517/
WhatsApp: 1149913881
facebook.com/people/estudio-jur%c3%addico-diaz-sahonero-y-asoc/10005425715039
La cedula verde autoriza al dueño a circular por la via publica y la cedula azul autoriza al tercero autorizado que no es dueño circular por la via publica, ambas cedulas le permiten circular dentro el territorio nacional y por paises limitrofes, obviamente con todos los demas requisitos como: registro de conducir,seguro,vtv, matafuegos.
Dirección: https://www.instagram.com/diaz_sahonero_asoc/
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.facebook.com/estudio-jur%c3%addico-diaz-sahonero-y-asoc-458484991253517/
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Buenas tardes. Respecto del art. 58 LS para determinar el plazo de prescripción: desde cuándo la obligación es exigible? Desde la fecha del siniestro, de la denuncia o cuál? Qué actos interrumpen la prescripción? La interposición de una declaratoria puede ser? Gracias!!!
donde dice que la cedula azul es solo para SALIR del pais.... estoy leyendo la ley pero NO vi esa leyenda. gracias
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