Ley de Procedimiento Administrativo Artículo 223 Provincia del Chubut
Ley de Procedimiento Administrativo Chubut
Artículo 223.
Para que la retractación sea admisible es indispensable que el imputado ofrezca prueba sobre hechos decisivos que acrediten haberse producido la confesión bajo la presión de medios violentos, amenazas, dádivas o promesas, que se trata de un error evidente, o que el delito o falta confesado, es físicamente imponible. La retractación y su admisibilidad o no, serán consideradas en oportunidad de formularse las conclusiones de la causa.
Provincia del Chubut Artículo 223 Ley de Procedimiento Administrativo
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
Leer de nuevo
Código Procesal Civil y Comercial Formosa Artículo 55. REVOCACIÓN Código Procesal Civil y Comercial Catamarca Artículo 563. Martillero Ley de Procedimiento Administrativo Chubut Artículo 227. Código Procesal Civil y Comercial Formosa Artículo 787. CUESTIONES PREVIAS Impositiva año 2016 La Pampa Artículo 46.Recomendados
Modificacion de Leyes Impositivas Nacional Artículo 268. Regula habilitación de Establecimientos dedicados al engorde intensivo a corral de ganado bovino Río Negro Artículo 2. Registro Provincial Código Procesal Civil y Comercial Santa Cruz Artículo 126. AUDIENCIAS DE ABSOLUCION DE POSICIONES. ATRIBUCIONES DEL JUEZ Ley de Procedimiento Administrativo Chubut Artículo 123. Ley de Procedimiento Administrativo Chubut Artículo 278.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios