Ley de monotributo regimen simplificado para pequeños contribuyentes Artículo 15
Ley de monotributo regimen simplificado para pequeños contribuyentes
Artículo 15.
El pago del impuesto integrado y de las cotizaciones previsionales indicadas en el artículo 39, a cargo de los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), será efectuado mensualmente en la forma, plazo y condiciones que establezca la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).La obligación tributaria mensual no podrá ser objeto de fraccionamiento, salvo los casos en que se dispongan regímenes de retención o percepción.
Facúltase a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a establecer regímenes de percepción en la fuente así como regímenes especiales de pago que contemplen las actividades estacionales, tanto respecto del impuesto integrado como de las cotizaciones fijas con destino a la seguridad social.
Artículo 15 Ley de monotributo regimen simplificado para pequeños contribuyentes
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
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