Ley de Impuesto al Valor Agregado Artículo 54 ter Nacional
Ley de Impuesto al Valor Agregado Nacional
Artículo 54 ter.
En los casos en que el Poder Ejecutivo haya hecho uso de la facultad de reducción de alícuotas que preveía el tercer párrafo del artículo 28, vigente hasta el 27 de marzo de 1997, podrá proceder al incremento de las alícuotas reducidas, hasta el límite de la establecida con carácter general en dicho artículo.
Nacional Artículo 54 ter Ley de Impuesto al Valor Agregado
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
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