Ley de Firma Digital Artículo 14 Nacional
Ley de Firma Digital Nacional
Artículo 14. Requisitos de validez de los certificados digitales
Los certificados digitales para ser válidos deben:a) Ser emitidos por un certificador licenciado por el ente licenciante;
b) Responder a formatos estándares reconocidos internacionalmente, fijados por la autoridad de aplicación, y contener, como mínimo, los datos que permitan:
1. Identificar indubitablemente a su titular y al certificador licenciado que lo emitió, indicando su período de vigencia y los datos que permitan su identificación única;
2. Ser susceptible de verificación respecto de su estado de revocación;
3. Diferenciar claramente la información verificada de la no verificada incluidas en el certificado;
4. Contemplar la información necesaria para la verificación de la firma;
5. Identificar la política de certificación bajo la cual fue emitido.
Nacional Artículo 14 Ley de Firma Digital
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Obvio ´perro
Si yo uso un clip de una persona que apareció en YouTube o en los medios de comunicación para citar lo que dice, ¿puede reclamarme por utilizar su imagen si bien su imagen ya la dispuso públicamente?
La cedula verde autoriza al dueño a circular por la vía publica y la cedula azul autoriza al tercero autorizado que no es dueño circular por la vía publica, ambas cedulas le permiten circular dentro el territorio nacional y por paises limítrofes, obviamente con todos los demás requisitos como: registro de conducir, seguro, VTV, matafuegos.
Dirección: https://www.instagram.com/diaz_sahonero_asoc/
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.facebook.com/estudio-jur%c3%addico-diaz-sahonero-y-asoc-458484991253517/
WhatsApp: 1149913881
facebook.com/people/estudio-jur%c3%addico-diaz-sahonero-y-asoc/10005425715039
La cedula verde autoriza al dueño a circular por la via publica y la cedula azul autoriza al tercero autorizado que no es dueño circular por la via publica, ambas cedulas le permiten circular dentro el territorio nacional y por paises limitrofes, obviamente con todos los demas requisitos como: registro de conducir,seguro,vtv, matafuegos.
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Buenas tardes. Respecto del art. 58 LS para determinar el plazo de prescripción: desde cuándo la obligación es exigible? Desde la fecha del siniestro, de la denuncia o cuál? Qué actos interrumpen la prescripción? La interposición de una declaratoria puede ser? Gracias!!!
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