Ley de Entretenimiento Inclusivo (Ley de Entretenimiento Inclusivo) Provincia de Misiones
Ley de Entretenimiento Inclusivo Provincia de Misiones
- CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 1. La presente ley tiene por objeto promover el entretenimiento y facilitar la...
- Artículo 2. Los objetivos de la presente ley son: 1) Contribuir a la plena...
- Artículo 3. La autoridad de aplicación debe promover la adaptación de los espacios y de...
- CAPÍTULO II PROGRAMA PROVINCIAL DE PLAZAS Y PARQUES INCLUSIVOS
- Artículo 4. Se crea el Programa Provincial de Plazas y Parques Inclusivos, a fin de...
- Artículo 5. Son estándares para el diseño y la construcción de Plazas y Parques...
- Artículo 6. Las Plazas y Parques Inclusivos deben contar con: 1) Rampas amplias que...
- Artículo 7. Las Plazas y Parques Inclusivos deben estar identificadas con el Símbolo de...
- CAPÍTULO III DISPOSICIONES FINALES
- Artículo 8. La autoridad de aplicación es el Consejo Provincial de Discapacidad, que...
- Artículo 9. La autoridad de aplicación debe diseñar estrategias y acciones conjuntas con...
- Artículo 10. La autoridad de aplicación queda facultada a suscribir convenios con...
- Artículo 11. Se insta a los municipios a dictar la normativa necesaria para el efectivo...
- Artículo 12. El Poder Ejecutivo queda facultado a efectuar adecuaciones, modificaciones y...
- Artículo 13. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.
En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).
Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?
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