Definición, ámbito de aplicación y alcances. Tratamiento fiscal para el sector. Importaciones. Fondo Fiduciario de Promoción de la Industria del Software (FONSOFT). Infracciones y sanciones. Disposiciones generales (Ley de promocion de la industria del software)
Definición, ámbito de aplicación y alcances. Tratamiento fiscal para el sector. Importaciones. Fondo Fiduciario de Promoción de la Industria del Software (FONSOFT). Infracciones y sanciones. Disposiciones generales
- Artículo 1. Créase un Régimen de Promoción de la Industria del Software que regirá en...
- Artículo 2. Podrán adherirse al presente régimen las personas jurídicas constituidas en...
- Artículo 3. Las personas jurídicas serán consideradas beneficiarias de la presente ley a...
- Artículo 4. Las actividades comprendidas en el régimen establecido por la ley son la...
- Artículo 5. A los fines de la presente ley, se define el software como la expresión...
- Artículo 6. A los sujetos que desarrollen las actividades comprendidas en el presente...
- Artículo 7. Los beneficiarios del presente régimen gozarán de estabilidad fiscal por el...
- Artículo 8. Los beneficiarios de la presente ley podrán convertir en un bono de crédito...
- Artículo 8 bis. Los beneficiarios del presente régimen no serán sujetos pasibles de...
- Artículo 9. Los beneficiarios de la presente ley tendrán una reducción del sesenta por...
- Artículo 10. Transcurridos tres (3) años de la inscripción en el registro de...
- Artículo 10 bis. Todos aquellos inscritos en el Registro Nacional de Productores de Software...
- Artículo 11. Los sujetos que adhieran a los beneficios establecidos en la presente ley,...
- Artículo 12. Las importaciones de productos informáticos que realicen los sujetos que...
- Artículo 13. Créase el Fondo Fiduciario de Promoción de la Industria del Software...
- Artículo 14. Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros a efectuar las modificaciones...
- Artículo 15. La Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, a través de la...
- Artículo 16. La autoridad de aplicación definirá los criterios de distribución de los...
- Artículo 17. La autoridad de aplicación podrá financiar a través del Fonsoft: 1....
- Artículo 18. La autoridad de aplicación otorgará preferencia en la asignación de...
- Artículo 19. Las erogaciones de la autoridad de aplicación relacionadas a la...
- Artículo 20. El incumplimiento de las disposiciones del presente régimen dará lugar a la...
- Artículo 21. La SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del...
- Artículo 22. La SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del...
- Artículo 23. A los fines de la presente ley quedan excluidas como actividades de...
- Artículo 24. La autoridad de aplicación, por sí o a través de universidades nacionales u...
- Artículo 25. NOTA DE REDACCION (VETADO POR DECRETO 1182/04)
- Artículo 26. El cupo fiscal de los beneficios a otorgarse por el presente régimen...
- Artículo 27. Invítase a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los...
- Artículo 28. Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO...
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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Emergencia Nacional en Discapacidad Procedimientos para la designación de jueces subrogantes, en caso de recusación, excusación, licencia, vacancia u otro impedimento de los jueces de primera instancia y de los integrantes de las cámara... Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes Adhesión al Fondo Multilateral de Inversiones III del Banco Interamericano de Desarrollo Ley de Calidad y Seguridad SanitariaPublique la información de sí mismo
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