Ley de educación Artículo 213 Provincia de Río Negro
Ley de educación Río Negro
Artículo 213.
El Consejo Escolar implementa un dispositivo de evaluación cuantitativa y cualitativa de las necesidades socioeducativas de la población y de la cobertura educativa en su zona de influencia que es diseñado por el Consejo Provincial de Educación, con la participación de todos los representantes que lo conforman.
Provincia de Río Negro Artículo 213 Ley de educación
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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Régimen de Municipalidades Salta Artículo 60. Atribuciones y deberes del Concejo Deliberante Ley Orgánica del Ministerio de la Defensa Artículo 10. Titularidad. Estructura Ley de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral Artículo 33. Secretaria de Trabajo Santa Fe Artículo 60. Ley de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral Artículo 44.Publique la información de sí mismo
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