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Ley de educación Artículo 128 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Ley de educación Río Negro
Artículo 128.

Los establecimientos educativos que hayan obtenido la autorización de funcionamiento por parte del Consejo Provincial de Educación, deben cumplimentar las siguientes exigencias básicas para su desarrollo pedagógico:

a) Responder a los lineamientos de la política educativa provincial y las normas provinciales relativas a la organización institucional de los establecimientos.

b) Deben impartir la enseñanza de acuerdo con los diseños curriculares y planes de estudios oficiales o aprobados oficialmente por el Consejo Provincial de Educación, sin perjuicio del agregado de materias que respondan a necesidades propias de los establecimientos y que incidan favorablemente en la formación integral de los estudiantes.

c) Brindar enseñanza en idioma español, salvo que se trate de escuelas de lenguas extranjeras que deben hacerlo en ambos idiomas.

d) Propiciar una educación sin ningún tipo de discriminación de acuerdo al artículo 63 de la Constitución Provincial.

e) La obligación de incorporar a su proyecto institucional y en sus planes de estudio los ideales democráticos y los principios fundamentales de nuestra Constitución Nacional y Provincial.

Provincia de Río Negro Artículo 128 Ley de educación
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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