Ley de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (Ley de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo) Nacional
Ley de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo Nacional
- Artículo 1. Objeto
- Artículo 2. Derechos
- Artículo 3. Marco normativo constitucional
- Artículo 4. Interrupción voluntaria del embarazo
- Artículo 5. Derechos en la atención de la salud
- Artículo 6. Información y tratamiento del aborto y de la salud sexual y reproductiva
- Artículo 7. Consentimiento informado
- Artículo 8. Personas menores de edad
- Artículo 9. Personas con capacidad restringida
- Artículo 10. Objeción de conciencia
- Artículo 11. Objeción de conciencia. Obligaciones de los establecimientos de salud
- Artículo 12. Cobertura y calidad de las prestaciones
- Artículo 13. Educación sexual integral y salud sexual y reproductiva
- Artículo 14. Modificación del Código Penal
- Artículo 15. Incorporación del artículo 85 bis al Código Penal
- Artículo 16. Sustitución del artículo 86 del Código Penal
- Artículo 17. Sustitución del artículo 87 del Código Penal
- Artículo 18. Sustitución del artículo 88 del Código Penal
- Artículo 19. Capacitación
- Artículo 20. Autoridad de aplicación
- Artículo 21. Orden público
- Artículo 22. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional
Otras regulaciones
Aprobación del Tratado de Extradición con la República de El Salvador Ley de Hidrocarburos Decláranse de interés nacional las actividades que permitan concretar la extensión de la vida de la central nuclear embalse Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Declaración de Capital Nacional del Softbol a la ciudad de Paraná, provincia de Entre RíosMejores juristas





Según esta ley no menciona nada con respecto tarjeta verde o azul, solo dice identificación del vehículo. Eso deja una ventana al curro y a interpretación.
Obvio ´perro
Si yo uso un clip de una persona que apareció en YouTube o en los medios de comunicación para citar lo que dice, ¿puede reclamarme por utilizar su imagen si bien su imagen ya la dispuso públicamente?
La cedula verde autoriza al dueño a circular por la vía publica y la cedula azul autoriza al tercero autorizado que no es dueño circular por la vía publica, ambas cedulas le permiten circular dentro el territorio nacional y por paises limítrofes, obviamente con todos los demás requisitos como: registro de conducir, seguro, VTV, matafuegos.
Dirección: https://www.instagram.com/diaz_sahonero_asoc/
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.facebook.com/estudio-jur%c3%addico-diaz-sahonero-y-asoc-458484991253517/
WhatsApp: 1149913881
facebook.com/people/estudio-jur%c3%addico-diaz-sahonero-y-asoc/10005425715039
La cedula verde autoriza al dueño a circular por la via publica y la cedula azul autoriza al tercero autorizado que no es dueño circular por la via publica, ambas cedulas le permiten circular dentro el territorio nacional y por paises limitrofes, obviamente con todos los demas requisitos como: registro de conducir,seguro,vtv, matafuegos.
Dirección: https://www.instagram.com/diaz_sahonero_asoc/
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.facebook.com/estudio-jur%c3%addico-diaz-sahonero-y-asoc-458484991253517/
WhatsApp: 1149913881
facebook.com/people/estudio-jur%c3%addico-diaz-sahonero-y-asoc/10005425715039
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios