Ley complementaria permenente de la ley anual de presupuesto del H. Senado Artículo 5 Provincia de Buenos Aires
Ley complementaria permenente de la ley anual de presupuesto del H. Senado Buenos Aires
Artículo 5. AUTORIZACION PARA CATEGORIZAR Y DISTRIBUIR Y MODIFICAR LOS CARGOS DE PERSONAL
Facúltase a la Presidencia a categorizar conforme al escalafón vigente, los cargos de las Plantas Permanente y Transitoria que anualmente fijen las respectivas Leyes de Presupuesto y a adecuar su distribución, a las necesidades operativas. También podrá disponer modificaciones mediante compensación entre las Plantas de Personal Permanente, Temporaria y Personal de Bloque Político y sus respectivos créditos.
Provincia de Buenos Aires Artículo 5 Ley complementaria permenente de la ley anual de presupuesto del H. Senado
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Transferencia de inmuebles al Municipio de Nueve de Julio Buenos Aires Artículo 6. Creación del Consejo Político, Económico y Social Provincial Catamarca Artículo 6. Adhesión Ley Nacional 27.350 Ley de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis Santa Cruz Artículo 5. Programa Nacional de Cardiopatías Congénitas Nacional Artículo 11. Adhesión de la provincia a la ley nacional 25.856 Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 15.Publique la información de sí mismo
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