Juicio por Jurados y con Vocales Legos Artículo 72 Provincia del Chubut
Juicio por Jurados y con Vocales Legos Chubut
Artículo 72. JUICIO POR JURADOS
INTEGRACIÓN DEL TRIBUNAL. Sustitúyase el Artículo 301 del Código Procesal Penal de la Provincia del Chubut, el que quedará redactado de la siguiente manera:«Artículo 301.- Juicio por jurados. Integración del tribunal. El tribunal de jurados se compondrá de doce jurados titulares, un mínimo de dos jurados suplentes y un juez profesional permanente, quien actuará como presidente y dirigirá el debate, con las facultades de dirección, policía y disciplina que le acuerda este Código.
El panel de jurados se integrará obligatoriamente por hombres y mujeres en partes iguales, incluyendo los suplentes. En caso de presentarse circunstancias extraordinarias que lo justifiquen y con debida fundamentación, el Juez podrá morigerar la regla de integración.
En cuanto no estuviere regulado en este Código, regirán las normas previstas por la Ley de Juicio por Jurados.»
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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