Juicio Por Jurados Artículo 17 Provincia de Catamarca
Juicio Por Jurados Catamarca
Artículo 17. Contralor
A los fines del contralor del sorteo público, que se realizará a través del procedimiento oficial establecido para juego de Quiniela provincial y por ante el Presidente o la Presidenta de la Corte de Justicia, del Escribano o Escribana Mayor de Gobierno y del Procurador o la Procuradora General. Asimismo, podrán presenciarlo una persona veedora del Colegio de Abogados y Abogadas, una de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Provincia, una del Ministerio Publico de la Acusación y una de la Defensa Pública y organizaciones no gubernamentales vinculadas a la materia.
Provincia de Catamarca Artículo 17 Juicio Por Jurados
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
Leer de nuevo
Ley de Procedimiento Administrativo Mendoza Artículo 114. Ley Impositiva Ejercicio 2020 Mendoza Artículo 50. Código Procesal Civil y Comercial La Rioja Artículo 224. Custodia de los originales Ley Orgánica de Comunas Santa Fe Artículo 7.Recomendados
Juicio Por Jurados Catamarca Artículo 104. Código Procesal Contencioso Administrativo La Pampa Artículo 21. Ley de micro, pequeñas y medianas empresas Catamarca Artículo 6. Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil Catamarca Artículo 2. Juicio Por Jurados Catamarca Artículo 91. Procedimiento posteriorPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios