Juicio Por Jurados Artículo 13 Provincia de Catamarca
Juicio Por Jurados Catamarca
Artículo 13. Inhabilidades
Se encuentran inhabilitados para desempeñarse como miembros del Jurado:a) quienes no tengan aptitud física y psíquica suficiente o presenten una disminución sensorial que les impida el desempeño de la función;
b) las personas fallidas no rehabilitados;
c) las personas imputadas que se encuentren sometidas a proceso penal en trámite;
d) las personas condenadas a una pena privativa de libertad, hasta diez (10) años después de agotada la pena, las condenadas a pena de multa o inhabilitación, hasta dos (2) años después de agotada la pena y las condenadas por delitos que exijan para su realización la calidad de funcionario/ a público/a como sujeto activo o que lo fueran en orden a los delitos previstos en los Artículos 245 y 275 del Código Penal de la Nación, hasta dos (2) años después de agotada la pena.
Provincia de Catamarca Artículo 13 Juicio Por Jurados
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.
En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).
Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?
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