Juicio político (Juicio político) Provincia de La Rioja
Juicio político Provincia de La Rioja
- Artículo 1. El Juicio Político a que se refieren los Artículos 105º y siguientes de...
- Artículo 2. La denuncia promoviendo Juicio Político será formulada ante la Cámara de...
- Artículo 3. La denuncia deberá ser presentada por escrito, en papel simple, determinando...
- Artículo 4. Recibida la denuncia por la Sala Acusadora, decidirá, en la misma Sesión, si...
- Artículo 5. Votada negativamente la cuestión, la denuncia se considerará rechazada....
- Artículo 6. La Comisión Investigadora, en el cumplimiento de sus funciones, tendrá las...
- Artículo 7. Una vez ejecutadas las diligencias de investigación o al vencimiento del...
- Artículo 8. La Sala Acusadora estudiará el dictamen de la Comisión Investigadora...
- Artículo 9. Si el voto fuere negativo sobre todos los cargos, la denuncia se tendrá por...
- Artículo 10. Desde el momento en que la Sala Acusadora haya admitido la acusación y...
- Artículo 11. El Presidente de la Sala efectuará la pertinente comunicación a la Sala de...
- Artículo 12. Si la Comisión de Investigación no produjera dictamen en el término...
- Artículo 13. Después que la Sala Acusadora admita la acusación, el funcionario acusado no...
- Artículo 14. Serán insanablemente nulos los actos suscriptos por el funcionario sometido...
- Artículo 15. Cuando la Sala de Sentencia reciba la comunicación del Artículo 11º, el...
- Artículo 16. Reunidos los miembros tomarán conocimiento de la comunicación, y acto...
- Artículo 17. Constituída asi la Sala de Sentencia, fijará día y hora de sesión, para un...
- Artículo 18. Si la Comisión Acusadora no se hace presente sosteniendo la acusación, o no...
- Artículo 19. Establecida la acusación por la Sala Acusadora, el Tribunal de Sentencia...
- Artículo 20. El término previsto en el Artículo 111º de la Constitución Provincial,...
- Artículo 21. Recibida la acusación, acto seguido se correrá traslado al acusado o...
- Artículo 22. Contestada la acusación, si la Comisión Acusadora quisiere replicar, se...
- Artículo 23. Si el acusado no comparece a contestar el traslado a solicitud de la...
- Artículo 24. El Presidente de la Sala determinará los asientos que en el Recinto ocupará...
- Artículo 25. En la sesión para recibir la contestación, las partes podrán ampliar el...
- Artículo 26. Cumplidas las diligencias prescriptas en los artículos anteriores, la Sala...
- Artículo 27. Si ninguna de las partes solicita que el juicio se abra a pruebas, la Sala...
- Artículo 28. El término de pruebas nunca excederá de diez días. Las pruebas de ambas...
- Artículo 29. El Presidente de la Sala examinará los testigos en presencia de las partes,...
- Artículo 30. Los documentos que las partes presenten dentro del término de pruebas serán...
- Artículo 31. Vencido el término de prueba o terminada su producción, el Presidente...
- Artículo 32. Oída las partes, o habiendo renunciado a dar los alegatos, la Sala...
- Artículo 33. Terminada la sesión secreta, en un plazo no mayor de tres días, se reunirá...
- Artículo 34. Iniciada la sesión y sin más trámites, el Presidente de la Sala se dirigirá...
- Artículo 35. Si sobre ninguno de los cargos hay dos tercios de votos sobre el total de...
- Artículo 36. Si resultare mayoría de dos tercios de votos sobre todos los cargos, o sobre...
- Artículo 37. Cumplidos los trámites señalados, el Presidente nombrará una Comisión de...
- Artículo 38. Recibido el oficio por la Cámara de Diputados, el Secretario Legislativo...
- Artículo 39. Las funciones de la sala acusadora y de la sala de sentencia, se suspenden...
- Artículo 40. A los efectos de su sustanciación, todo juicio político iniciado en un...
- Artículo 41. Los miembros de cada Sala sólo podrán excusarse, cuando sean parientes hasta...
- Artículo 42. Para todo lo que no esté previsto en ésta Ley; regirá supletoriamente el...
- Artículo 43. Los términos se cuentan en días hábiles.
- Artículo 44. Los Presidentes de ambas Salas tienen derecho a voto y en caso de empate...
- Artículo 45. Las Ssesiones serán públicas, salvo las excepciones previstas por esta Ley o...
- Artículo 46. Los actos de mero trámite serán resultados, respectivamente, por el...
- Artículo 47. El Prosecretario Legislativo de la Cámara de Diputados, desempeñará la...
- Artículo 48. Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Mejores juristas





Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.
En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).
Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?
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