Ley General De Sociedades Artículo 200 Argentina
Ley General De Sociedades Nº 19.550, T.O. 1984
Artículo 200. Acción de nulidad. Ejercicio
Los directores, miembros del consejo de vigilancia y síndicos son solidaria e ilimitadamente responsables por los daños que se originaren a la sociedad y a los accionistas por las emisiones hechas en violación del régimen de la oferta pública.El suscriptor podrá demandar la nulidad de la suscripción y exigir solidariamente a la sociedad, los directores, miembros del consejo de vigilancia y síndicos el resarcimiento de los daños.
Argentina Artículo 200 Ley General De Sociedades Nº 19.550, T.O. 1984 Ley 19.550, 30 de Marzo de 1984
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Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
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Ley General De Sociedades Nº 19.550, T.O. 1984 Artículo 62. Aplicació Código Civil y Comercial Artículo 2619. Ausencia y presunción de fallecimiento. Jurisdicción Código Procesal Penal La Rioja Artículo 176. ANTICIPO JURISDICCIONAL DE PRUEBA Código Fiscal Ciudad de Buenos Aires Artículo 147. Determinación administrativa. Competencia Código Civil y Comercial Artículo 2656. JurisdicciónRecomendados
Ley General De Sociedades Nº 19.550, T.O. 1984 Nacional Artículo 170. Contenido del programa Ley General De Sociedades Nº 19.550, T.O. 1984 Nacional Artículo 198. Aumento del capital: Oferta pública Ley General De Sociedades Nº 19.550, T.O. 1984 Artículo 197. Limitación al derecho de preferencia. Condiciones Ley General De Sociedades Nº 19.550, T.O. 1984 Nacional Artículo 194. Suscripción preferente Código Procesal Civil y Comercial Córdoba Artículo 74. Multa por retencióPublique la información de sí mismo
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