Incrementa en un TRECE POR CIENTO los sueldos básicos del personal Artículo 8 Provincia del Chubut
Incrementa en un TRECE POR CIENTO los sueldos básicos del personal Chubut
Artículo 8.
FÍJASE a partir del 1º de septiembre del año 2009 para el personal de la Ley XI Nº 18 (antes Ley Nº 4.617) un adicional remunerativo no bonificable conforme se detalla en el Anexo D que forma parte integrante de la presente Ley.
Provincia del Chubut Artículo 8 Incrementa en un TRECE POR CIENTO (13,00%) los sueldos básicos del personal comprendido en la Ley I Nº 341 (antes Ley Nº 5.647)
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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Administración Pública Provincial. Ratifícación del Decreto F.E.P. N° 240/2019. Incremento de las Asignaciones Familiares y Beneficios Especiales Provincia de La Rioja Código Fiscal Santa Fe Artículo 17. Autoridades Administrativas Código Procesal Penal Salta Artículo 210. Término de las vistas Código Procesal Penal Catamarca Artículo 469. Libertad del Imputado Código Procesal Penal Santa Cruz Artículo 85. NotificacióPublique la información de sí mismo
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