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Estatuto del Docente Artículo 104 Provincia de Santiago del Estero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Estatuto del Docente Santiago del Estero
Artículo 104.

Los cargos directivos y técnicos que queden vacantes serán cubiertos automáticamente, con carácter interino, por los titulares de los grados directivos y técnicos, en orden descendente, que establezca la Reglamentación.

REG. del mismo: I) En los establecimientos que cuentan con Vice-Director y Vice-Rector, éste se hará cargo automáticamente en forma transitoria, de la Dirección de los mismos, en los casos de vacancia del cargo o de licencias o ausencias del titular.

II) En los establecimientos que no cuenten con Vice-Rector o Vice-Director en los mismos casos, el Profesor titular del establecimiento mejor clasificado reemplazará automáticamente en forma transitoria, al Director o Rector. En caso de renuncia fundada de ese docente, será reemplazado por aquel que le siguiera en orden de mérito en el mismo establecimiento.

III) El Vicedirector o Vicerector será reemplazado en la forma establecida en el punto anterior.

IV) Los reemplazos transitorios de otros miembros del personal jerarquizado de los establecimientos, se efectuarán, observando el escalafón correspondiente, de acuerdo con los principios establecidos en los puntos precedentes.

V) Los Inspectores de todos los grados y especialidades serán reemplazados transitoriamente, con observancia de los escalafones, de acuerdo con análogos principios.

VI) La Junta de Calificaciones y Clasificaciones, a los efectos de los reemplazos transitorios, hará conocer a los establecimientos y a Inspección General de Enseñanza Media, las nóminas del personal correspondiente, por orden de méritos, a la iniciación de cada curso y con la validez para este.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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