Ley de defensa de la actividad librera (Ley de defensa de la actividad librera) Nacional
Ley de defensa de la actividad librera Nacional
- Artículo 1. Todo editor, importador o representante de libros deberá establecer un...
- Artículo 2. A los fines de la presente ley se considerará consumidor final a la...
- Artículo 3. Cuando el libro constituya una oferta editorial que se venda con complementos...
- Artículo 4. Los descuentos al PVP podrán ser los siguientes: a) De hasta un...
- Artículo 5. Las instituciones o entidades de base asociativa que editen libros en forma...
- Artículo 6. Quedan exentos del PVP: a) Los libros editados en número limitado...
- Artículo 7. Para saldar un título el editor, importador o representante...
- Artículo 8. El importador representante no podrá saldar los libros del fondo...
- Artículo 9. Será autoridad de aplicación de la presente ley la Secretaría de Industria de...
- Artículo 10. Las infracciones o las disposiciones de la presente ley serán...
- Artículo 11. El producto de las multas a las que se refiere el artículo 10,...
- Artículo 12. Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL...
Otras regulaciones
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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