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Establece Régimen Especial de Protección Integral para Personas con Discapacidad Artículo 7 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Establece Régimen Especial de Protección Integral para Personas con Discapacidad La Pampa
Artículo 7.

Serán funciones del Ministerio de Cultura y Educación: *a) Cumplir con lo previsto en los incisos b), c) y d),exceptuando pensiones; y e) del artículo 5º de la presente Ley; b) Establecer un sistema de detección y derivación de las personas con discapacidad; c) Reglamentar el ingreso y egreso de las personas con discapacidad a los diferentes niveles y modalidades educativas, procurando su integración al sistema, implementando las adaptaciones curriculares y equipos de apoyo a las tareas pedagógicas; d) Coordinar y consensuar la acción educativa y reeducativa de su área, con las organizaciones no gubernamentales vinculadas a las distintas problemáticas a resolver y con los familiares de las personas con discapacidad; e) Promover la formación laboral de las personas con discapacidad en el ámbito de la producción; f) Determinar las necesidades educativas de las personas con discapacidad en establecimientos especiales o comunes según el grado de discapacidad y la evaluación de cada educando; g) Controlar todos los servicios educativos no oficiales destinados a la atención de los niños, adolescentes y adultos discapacitados; h) Orientar vocacionalmente a los educandos con discapacidad; i) Apoyar la investigación educativa en el área de la discapacidad; j) Capacitar los recursos humanos a fin de lograr adecuada labor de asistencia, docencia e investigación; k) Establecer mecanismos para garantizar la orientación familiar y social de las personas con discapacidad en ámbitos educativos; y l) Capacitar el recurso humano especializado en educación de personas con discapacidad.



Provincia de La Pampa Artículo 7 Establece Régimen Especial de Protección Integral para Personas con Discapacidad
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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