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Desarrollo Sustentable del Sector Acuícola Artículo 32


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2025

Desarrollo Sustentable del Sector Acuícola
Artículo 32.

Al efecto de acogerse al régimen instituido, los productores deberán presentar un "Proyecto de Acuicultura" frente a la autoridad correspondiente encargada de aplicar este régimen en las provincias adheridas al mismo, en las que el productor desarrolle o pretenda afincarse y planifique su producción. Dicho proyecto deberá demostrar su viabilidad biológica, técnica, ambiental y económica. Luego de su aprobación por la autoridad provincial respectiva, la presentación será remitida a la autoridad de aplicación nacional, que deberá expedirse en un plazo no mayor de noventa (90) días contados a partir de su recepción. Las propuestas presentadas para optar al beneficio del FONAC podrán ser de carácter anual o plurianual.



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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?


Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales


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