Declaran la emergencia administrativa y tecnológica en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires (Declaran la emergencia administrativa y tecnológica en el ámbito de la Provincia) Provincia de Buenos Aires
Declaran la emergencia administrativa y tecnológica en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires Provincia de Buenos Aires
- Artículo 1. Declárase la emergencia administrativa y tecnológica en el ámbito de la...
- Artículo 2. Autorízase a todos los Ministerios, Secretarías y entidades autárquicas, en...
- Artículo 3. Autorízase al Poder Ejecutivo a reemplazar la notificación prevista en...
- Artículo 4. El procedimiento de contratación de obras en el marco de la presente...
- Artículo 5. El procedimiento de contratación de bienes y servicios en el marco de la...
- Artículo 6. Facúltase al Ministerio de Coordinación y Gestión Pública, cuando razones...
- Artículo 7. Designase como Órgano Rector de la emergencia tecnológica declarada por el...
- Artículo 8. Créase una Comisión Bicameral de carácter consultivo, de seguimiento y...
- Artículo 9. Facúltase al Ministerio de Economía para que, en función de la emergencia...
- Artículo 10. Durante la vigencia de la emergencia establecida en el artículo primero, no...
- Artículo 11. Las modificaciones que a continuación se enuncian tienen por objeto...
- Artículo 12. Modificase el artículo 2° de la Ley 13.981 y modificatoria...
- Artículo 13. Modificase el artículo 3° de la Ley N° 13.981 y...
- Artículo 14. Incorpórase como inciso e) del artículo 4 de la Ley N°...
- Artículo 15. Incorpórase como inciso g) al artículo 7° de la Ley 13.981 y...
- Artículo 16. Modifícase el artículo 29 de la Ley N° 13.981 y modificatoria...
- Artículo 17. Modifícase el artículo 8° de la Ley N° 13.767 y...
- Artículo 18. Derógase
- Artículo 19. Incorpórase como inciso 15) del artículo 20° de la Ley...
- Artículo 20. Incorpórase como inciso 7) del artículo 32 de la Ley N°...
- Artículo 21. Modifícanse los incisos 5) y 7) del artículo 24 de la Ley N°...
- Artículo 22. Establécese el Régimen del Contrato de Servicios que será aplicable a todo...
- Artículo 23. Habrá contrato de servicios cuando una persona física, profesional o...
- Artículo 24. La relación entre el contratado y la Administración Pública Provincial se...
- Artículo 25. La celebración del contrato no generará una expectativa o derecho a...
- Artículo 26. No resultarán aplicables a los contratos de servicios regulados por la...
- Artículo 27. Los contratos celebrados bajo el régimen establecido en la Ley...
- Artículo 28. Modifícanse los artículos 113 y 114 de la Ley N° 10.430 y...
- Artículo 29. La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín...
- Artículo 30. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Ley de Presupuesto de la Honorable Cámara de Diputados para el Ejercicio 2023 Declaran Personalidad Destacada de la provincia a la Señora Herenia Sánchez Viamonte Incorpórase el día de Nelson Mandela Adhesión a la Ley Nacional 27.176 Reconocer el acceso al agua potable y al saneamiento como un derecho humano esencial para la vidaMejores juristas
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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